Violencia Política

La violencia política consiste en el uso de la fuerza física o psicológica contra una persona o grupos de ellas, o en atentados contra sus pertenencias. Este tipo de violencia obedece generalmente al ejercicio del poder contra las personas opositoras, para que se abstengan de dirigirse contra el sistema o política imperante. La violencia política puede ser perpetuada por agentes del Estado, colegas de trabajo, partidos políticos o sus representantes, medios de comunicación y en general cualquier persona o grupo de personas.

En la Universidad, la vida política es parte fundamental no solo de un buen gobierno, también lo es para la libertad de organización, acceso y ejercicio de sus derechos.

  • Estas preguntas las contestaron integrantes de la universidad que participaron en procesos de elección y/o representación universitarios, movimientos u organizaciones estudiantiles autónomos o que pertenecen a colectivas o asociaciones.

  • El 60% del personal universitario y el 48.7% de las y los estudiantes vivieron violencia política.

  • Quienes más se mencionan que la ejercieron hacia estudiantes fueron alumnos hombres. El personal universitario la vivió por parte del personal directivo hombre, seguido de las directivas mujeres

  • Una de las manifestaciones de violencia en esta modalidad que más reportan tanto el alumnado como el personal es: Haber sido víctima de discursos de odio o de intimidación respecto a las consecuencias de sus actividades políticas.

Violencia política en razón de género:

Según el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género, la violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo. La violencia política contra las mujeres puede incluir, entre otras, violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica o feminicida.

¿Cuáles son los elementos para detectar la violencia política contra las mujeres por razón de género?

  • El acto u omisión se base en elementos de género, es decir:

a) se dirija a una mujer por ser mujer;

b) tenga un impacto diferenciado y desventajoso en las mujeres; y/o

c) las afecte desproporcionadamente.

  • Tenga por objeto o resultado (es decir, de manera directa o indirecta) menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres.

  • Se dé en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o bien en el ejercicio de un cargo público, (sin importar el hecho de que se manifieste en el ámbito público o privado, en la esfera política, económica, social, cultural, civil, etcétera; tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en un partido o institución política).?
  • Sea simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico, sexual y/o psicológico.

  • Sea perpetrado por cualquier persona o grupo de personas -hombres o mujeres-, en particular: integrantes de partidos políticos, aspirantes, precandidatos(as), candidatos(as) a cargos de elección popular o de dirigencia partidista; servidores(as) públicos(as), autoridades gubernamentales, funcionarios(as) o autoridades de instituciones electorales; representantes de medios de comunicación; el Estado o sus agentes.