| |
POLÍTICAS DE SALUD E HIGIENE DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ |
|
Derivado de la contingencia sanitaria generada por la epidemia de influenza, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha dictado las recomendaciones necesarias para instrumentar el Plan de Emergencia de los Centros de Trabajo, en las cuales señala que se deben incorporar en las instituciones programas preventivos de salud así como difundir la información relativa y necesaria para la contención del brote atípico de influenza.
De igual forma, la Secretaría de educación Pública ha emitido un Manual para directivos escolares con orientaciones sanitarias para superar la contingencia de influenza, en el cual se determinan las acciones de respuesta por parte del sector educativo a dicha contingencia para garantizar un regreso seguro a las escuelas.
Por lo anterior, el Sr. Rector de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, Lic. Mario García Valdez, en cumplimiento de las disposiciones dictadas por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Educación Pública expide las siguientes Políticas Institucionales de Salud e Higiene que serán de aplicación para el personal que labora en las Facultades, Escuelas, Institutos, Oficinas administrativas y las dependencias de la Administración Central:
1.- Todos los trabajadores deberán lavarse las manos al llegar a su lugar de trabajo, así como antes y después de ir al baño y haber tenido contacto físico con muebles o personas.
2.- Evitar saludos de mano y beso en horas de labores.
3.- Se sugiere que las juntas de trabajo no se prolonguen por más de dos horas, de ser así se tomará un descanso para rociar algún desinfectante en el ambiente.
4.- Se recomienda hacer uso de la infraestructura tecnológica que provee la Universidad a través de la División de Informática para que las juntas o reuniones de trabajo se lleven a cabo de ser posible en forma virtual por medio de videoconferencias o teleconferencias.
5.- Se sugiere contar con los suficientes cestos o botes de basura de acuerdo al número de personas por centro de trabajo.
6.- Cuando se utilicen pañuelos desechables se deben tirar a la basura dentro de una bolsa de plástico.
7.- Se exhorta a todo el personal a mantener limpias sus áreas de trabajo así como las áreas comunes, utilizando agua, jabón y cloro.
8.- cubrirse la boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o, en su caso, con el ángulo interior del codo izquierdo.
9.- No escupir en el suelo.
10.- No se deberán compartir vasos, utensilios, alimentos ni celulares.
11.- Evitar acudir a lugares concurridos, en la medida de lo posible.
12.- Utilizar cubre bocas en el transporte público y otros lugares con concentración de personas(éste debe cubrir nariz y boca).
13.- Informar de inmediato sobre algún síntoma sospechoso de la enfermedad a los jefes inmediatos.
14.- Limpiar constantemente, con agua y jabón o cloro, o productos especializados, manijas, barandales, botones de control de elevadores, teclados en los centros de trabajo.
15.- Mantener permanentemente higiénicos los lugares destinados al consumo de alimentos en los centro de trabajo.
16.- Se recomienda incrementar el consumo de líquidos.
17.- Escalonar los horarios para el uso del comedor en el objeto de evitar aglomeraciones.
18.- Colocar dispositivos para depositar restos de alimentos.
Como medidas complementarias, la UASLP pondrá a disposición de sus trabajadores y visitantes jabón líquido, toallas y pañuelos desechables y agua potable.
También colocará en lugares específicos bolsas de plástico para el depósito de cubre bocas, guantes, toallas y pañuelos desechables usados.
En forma paulatina se difundirá y establecerá el sistema de las 5 ‘ s ´ de higiene y limpieza así como normas de calidad enfocadas al cuidado de la salud e higiene en centros de trabajo de toda la UASLP con el propósito de desarrollar un ambiente de trabajo más agradable y eficiente, el cual permita el correcto desempeño de las operaciones diarias dentro de un contexto de cuidado de la salud y el medio ambiente.
Las disposiciones contenidas en el presente documento serán de orden obligatorio para todo el personal que labora en la UASLP y entrará en vigor a partir de su publicación y difusión en la página de la Universidad y vía correo electrónico.
San Luis Potosí, S.L.P. a 07 de mayo del 2009.