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San Luis Potosí, S.L.P., México Inicio de sesión

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SEP - ANUIES

 

Reglamento Interno de la Facultad de Derecho

TITULO PRIMERO
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- La Facultad de Derecho, de acuerdo con el Estatuto Orgánico, es una entidad académica de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, que tiene como objetivos en el campo jurídico: I. La formación de profesionales; II. La formación de profesores; III. La formación de investigadores; y IV. La difusión de la cultura.

Artículo 2.- Son principios fundamentales de la Facultad de Derecho La libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas.

Artículo 3.- Para la consecución de sus objetivos, las autoridades de la Facultad tendrán las atribuciones que determine el Estatuto Orgánico, este Reglamento y las demás disposiciones jurídicas universitarias aplicables para: promover el nombramiento, remoción y destitución de su personal; determinar sus planes de estudio y programas académicos; realizar las actividades científicas, culturales, de extensión y demás de su competencia.

Artículo 4.- Nunca por ningún motivo, la Facultad ni sus representantes como tales, podrán tener actividades de carácter religioso o de política militante, partidista o electoral extrauniversitaria.

Tampoco ningún miembro de la institución, podrá realizar dichas actividades dentro del área de sus recintos.

Artículo 5.- Para realizar sus funciones y cumplir sus objetivos, la Facultad adopta la siguiente organización: I. Dirección; II. Consejo Técnico Consultivo; III. Secretaria General; IV. Secretaria Académica; V. Secretaria Administrativa; VI. Instituto de Investigaciones Jurídicas; y VII. División de Estudios de Posgrado.

Reglamento Interno de la Facultad